Preguntas
En esta sección puede encontrar respuestas a las preguntas más frecuentes
Consulte el «resumen del artículo 142 y 146 de la Ley de Tráfico».
Rellenar el «Formulario A» y enviarlo por correo electrónico a @pec.it
Rellenar el «Formulario A” y enviarlo por correo electrónico a @pec.it adjuntando una copia de la denuncia de robo y/o el acta de descubrimiento y/o el registro de pérdida de posesión.
Rellenar el «Formulario A2» y enviarlo por correo electrónico a @pec.it adjuntando una copia de la escritura de compraventa. (Nota: no basta con un poder notarial).
Rellenar el «Formulario B» y enviarlo por correo electrónico a @pec.it en un plazo de 60 días a partir de la notificación del informe.
En un plazo de 60 días a partir de la notificación del informe, el Prefecto de Imperia mediante carta certificada con acuse de recibo dirigida a la oficina en Prefettura di Imperia – Via Matteotti, 147 18100 Imperia o enviarla por correo electrónico a @pec.it El recurso debe ser redactado en italiano.
Dentro de los 60 días siguientes a la notificación del informe al Juez de paz de la jurisdicción territorial, depositándolo directamente o por correo certificado con acuse de recibo, de conformidad con el art. 7 del Decreto Legislativo nº 150/11.
El recurso debe ser redactado en italiano.
Rellenar el Formulario D según las instrucciones y envíarlo por correo electrónico a por correo electrónico a @pec.it
No. Si se acepta la solicitud de pago a plazos, la sanción a pagar a plazos no está sujeta a la reducción del 30%.